Federación Nacional de Biocombustibles
CO2 34,0M Ton
MP 8,1K Ton
Etanol $15.994
Biodiesel $19.836
Por la cual se adoptan medidas temporales en relación con el contenido máximo de alcohol carburante – etanol en la mezcla con gasolina motor corriente y extra y el contenido máximo de biocombustible en la mezcla con combustible diésel fósil en los departamentos de Nariño y Cauca, con el fin de darle continuidad al abastecimiento de combustibles.
La transición energética es un eje fundamental en el crecimiento económico sostenible,
el incremento de la seguridad y confiabilidad energética, y en la disminución de las emisiones
de Gases Efecto Invernadero (GEI) que reducirán los impactos en el cambio climático y la
salud de la población.
«POR MEDIO DE LA CUAL SE IMPULSA EL DESARROLLO BAlO EN CARBONO DEL PAÍS MEDIANTE EL ESTABLECIMIENTO DE METAS Y MEDIDAS MÍNIMAS EN MATERIA DE CARBONO NEUTRALIDAD y
RESILIENCIA CLIMÁTICA y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES»
Por la cual se modifica el contenido de alcohol carburante en la mezcla con gasolina motor corriente y extra, el contenido de biocombustible – biodiesel en la mezcla con diésel fósil y se dictan otras disposiciones, con el fin de darle continuidad al abastecimiento de combustibles en el territorio nacional.
Por la cual se establece el contenido máximo de alcohol carburante-etanol en la mezcla con gasolina motor corriente extra a nivel nacional, el contenido de biocombustible máximo en la mezcla con combustible diésel fósil a nivel nacional, y se adoptan otras disposiciones.
Por la cual se establecen los parámetros y requisitos de calidad del combustible diésel (ACPM), los biocombustibles para uso en motores de encendido por compresión como componentes de mezcla en procesos de combustión y de sus mezclas y, de las gasolinas básicas y gasolinas oxigenadas con etanol anhidro, combustible para uso en motores de encendido por chispa, y se adoptan otras disposiciones.
Por la cual se establecen disposiciones en materia de realización de programas piloto de mezclas superiores de biocombustibles para su uso exclusivo en vehículos automotores o fuentes móviles terrestres.
Por la cual se estable la metodología de referencia para el cálculo del valor del Ingreso al Productor del Biocombustible para uso en motores diesel.
Por la cual se establece la mezcla mínima de biocombustibles para uso en motores diésel de las fuentes móviles terrestres que se utilicen para la actividad minera.
Por la cual se modifica el articulo 2 de la Resolución 18 1780 del 29 de diciembre de 2005 y el numeral 15.2 de la Resolución 4 1281 de 2016, en relación con el Ingreso al Productor del Biocombustible para uso en motores diesel.
Por la cual se modifica la Resolución 18 2142 de 2007, en relación con el porcentaje de mezcla de biocombustibles para uso en motores diésel, en Bogotá D.C,. centro del país y llanos orientales (B10).
Por la cual se modifica el articulo 4° de la Resolución 898 de 1995, en relación con los criterios de calidad del combustible diesel (ACPM) y los biocombustibles para su uso en motores diesel como componente de la mezcla de procesos de combustión, y se dictan otras disposiciones.
Por la cual se modifica la Resolución 182142 de 2007, en relación con el porcentaje de mezcla de biocombustible para uso en motores diésel, en Bogotá D.C., centro del país y llanos orientales.
Por la cual se modifica el articulo 4 de la Resolución 898 de 1995, modificado por la Resolución 18 2087 de 2007, en relación con los criterios de calidad de los biocombustibles para su uso en motores diésel como componente de la mezcla con el combustible diésel de origen fósil en procesos de combustión.
Por medio de la cual se regula la integración de las energías renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional.
Por la cual se modifica la Resolución 18 2142 de 2007, en relación con el programa de mezcla de biocombustibles para uso en motores diesel.
Por el cual se dictan disposiciones aplicables al uso de alcoholes carburantes y biocombustibles para vehículos automotores.
Por la cual se modifica la Resolución 8 2439 del 23 de diciembre de 1998 y se establecen disposiciones relacionadas con la estructura de precios del ACPM y de la mezcla del mismo con el biocombustible para uso en motores diesel.
Por la cual se modifica la Resolución 18 2142 de 2007, en relación con el programa de mezcla de biocombustibles para uso en motores diesel.
Por la cual se establece el porcentaje de mezcla de alcohol carburante en la gasolina motor corriente y extra a nivel nacional (E10).
Por la cual se expide en el límite del indicador de cociente del inventario de emisiones de gases efecto invernadero del Etanol Anhidro Combustibles Desnaturalizado y se adoptan otras disposiciones.
Por la cual se establece la mezcla E8 de alcohol carburante con gasolina motor corriente en todo el país.
Por la cual se suspende la mezcla de alcohol carburante con gasolina motor corriente en algunas zonas del país.
Por la cual se modifica la Resolución 898 de 1995 en lo relacionado con los parámetros y requisitos de calidad del Etanol Anhidro Combustible y Etanol Anhidro Combustible Desnaturalizado utiliado como componente oxigenante de gasolinas y se dictan otras disposiciones.
Por la cual se establece el porcentaje de mezcla de alcohol carburante para la zona Suoccidental del país para uso en vehículos automotores.
Por medio de la cual se establece la metodología para determinar el déficit de alcohol carburante en la oferta nacional.
Por medio de la cual se regula la integración de las energías renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional.
Por medio de la cual se modifica la Resolución 180687 de 2003, donde se permite la exportación de alcoholes carburantes en la medida que se garantice el abastecimiento interno y la importación siempre y cuando exista déficit en la oferta.
Por la cual se establece el porcentaje de mezcla de alcohol carburante con las gasolinas en algunas plantas de abastecimiento mayorista (E10).
Por el cual se dictan disposiciones aplicables al uso de alcoholes carburantes y biocombustibles para vehículos automotores.
Por la cual se modifica la Resolución 8 2438 del 23 de diciembre de 1998 y se establecen disposiciones relacionadas con la estructura de precios de la Gasolina Motor Corriente y Gasolina Motor Corriente Oxigenada.
Por la cual se establece el ingreso al productor del alcohol carburante y del biocombustible para uso en motores diésel, que regirá a partir del 3 de mayo de 2023.
Por la cual se establece el ingreso al productor del alcohol carburante y del biocombustible para uso en motores diésel, que regirá a partir del 1 de abril de 2023.
Por la cual se modifica el artículo 3 de la Resolución 40544 del 28 de diciembre del 2022 y se establece el valor del ingreso al productor de biocombustibles para uso en motores diésel, que regirá a partir del 1 de marzo de 2023.
Por la cual se establece el valor del ingreso al productor del biocombustible para uso en motores diésel, que regirá a partir del 1 de febrero de 2023.
Por la cual se establece el precio de referencia de venta al público de la gasolina motor corriente oxigenada y del ACPM mezclado con biocombustible para uso en motores diésel, a distribuir en los municipios del departamento de Nariño, a partir del 1 de febrero de 2023.
Por la cual se establece el ingreso al productor del alcohol carburante y del biocombustible para uso en motores diésel, que regirá a partir del 1 de enero de 2023 y se dictan otras disposiciones.
Por la cual se establece el valor del ingreso al productor del biocombustible para uso en motores diésel, que regirá a partir del 1 de diciembre de 2022
Por la cual se establece el valor del ingreso al productor del biocombustible para uso en motores diésel, que regirá a partir dell de noviembre de 2022
Por la cual se modifica el articulo 1 de la Resolucién 4 0220 del 1 de julio de 2022 y
se estableceel valor del ingreso al productor del biocombustible para uso en
motores diésel, que regira a partir del 1 de octubre de 2022
Por lo cual se modifica el artículo 1 de la Resolución 40164 del 10 de mayo del 2022 y se establece el valor del ingreso al productor del biocombustible para uso en motores diésel, que regirá a partir del 2 de julio 2022.
Por la cual se prorroga el plazo de la medida establecida en el artículo 3 de la resolución 40095 del 11 de marzo del 2022, en la relación con las suspensión de la aplicación del artículo 2 de la resolución 180643 del 27 de abril del 2012.
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible en relación con los Consejos Ambientales Regionales de la Macrocuencas (CARMAC), el Ordenamiento del Recurso Hídrico y Vencimientos y se dictan otras disposiciones.
Por el cual se reglamenta el artículo 206 de la Ley 1450 de 2011 y se adiciona una sección al Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con el acotamiento de rondas hídricas.
«Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible»
Por el cual se reglamenta parcialmente el Título I de la Ley 9ª de 1979, así como el Capítulo II del Título VI -Parte III- Libro II del Decreto-ley 2811 de 1974 en cuanto a usos del agua y residuos líquidos y se dictan otras disposiciones.
Por medio de la cual se señalan características, instrumentos básicos y frecuencias del sistema de control y vigilancia para la calidad del agua para consumo humano.
Por la cual se definen los energéticos de bajas o cero emisiones teniendo como criterio fundamental su contenido de componentes nocivos para la salud y el medio ambiente y se adoptan otras disposiciones.
Por medio de la cual se establece la protección de los derechos a la salud y al medio ambiente sano estableciendo medidas tendientes a la reducción de emisiones contaminantes de fuentes móviles y se dictan otras disposiciones.
Por la cual se adopta la norma de calidad del aire ambiente y se dictan otras disposiciones.
Por la cual se establecen los niveles máximos de emisión y los requisitos ambientales a los que están sujetas las fuentes móviles del sector de servicio público de transporte terrestre de pasajeros en los sistemas colectivo, masivo e integrado que circulen en el Distrito Capital.
Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones.
Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1077 de 2015 en lo relativo con las actividades complementarías de tratamiento y disposición final de residuos sólidos en el servicio público de aseo.
Por la cual se adopta la metodología para la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control y actualización de los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos.
Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral.
Por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994, la Ley 632 de 2000 y la Ley 689 de 2001, en relación con la prestación del servicio público de aseo, y el Decreto Ley 2811 de 1974 y la Ley 99 de 1993 en relación con la Gestión Integral de Residuos Sólidos.
Por la cual se exceptúa temporalmente la aplicación del porcentaje de la mezcla de etanol con gasolina motor corriente o con gasolina motor extra prevista en la resolución 40359 de 2021 y se adoptan otras disposiciones
Por la cual se modifica el contenido del biocombustible – biodiesel en la mezcla con diésel fósil y se dictan otras disposiciones, con el fin de darle continuidad al abastecimiento en el territorio nacional.
Por la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución 40261 del 12 de agosto de 2021 con el fin de darle continuidad al abastecimiento de combustibles en el territorio nacional.
«Por la cual se modifica el contenido del alcohol carburante en la mezcla con gasolina motor corriente y extra, el contenido de biocombustible – biodiesel en la mezcla con diésel fósil y se dictan otras disposiciones»
Por la cual se permite que el porcentaje de la mezcla de biocombustible con combustible fósil varié en el territorio nacional.
Por la cual se establece el contenido máximo de biocombustible para el uso en motores diésel en la mezcla con combustible diésel fósil en algunas zonas del país.
Por la cual se establece un contenido máximo de biocombustible para uso en motores diesel de 12% en la mezcla con combustible diesel fósil en algunas zonas del país y se dictan otras disposiciones.
Por la cual se modifica la resolución 182142 de 2007, en relación con el porcentaje de mezcla de biocombustible para el uso en motores diésel.
Por la cual se modifica la tabla 1 «meses de entrada en vigor de los porcentajes obligatorios de alcohol carburante – Etanol, en la mezcla con gasolina motor corriente y extra fósil, a nivel nacional»
Por la cual se modifica, temporalmente el contenido máximo de alcohol carburante en la mezcla con gasolina motor corriente fósil y motor extra fósil a nivel nacional y se adoptan otras disposiciones.
Por la cual se establece el porcentaje de mezcla del alcohol carburante con la gasolina motor corriente y extra a nivel nacional.
Por la cual se suspende temporalmente la mezcla de alcohol carburante con gasolina motor corriente en algunas zonas del país.